DERECHO ADMINISTRATIVO
TEMA 1
El derecho administrativo es fundamentalmente positivista, normativista. Por
encima de la constitución es el derecho comunitario, normamentos y directivas,
el derecho administrativo emana de la revolución francesa, donde se asientan sus
grandes principios, decretos leyes, decretos legislativos, mas del 98% de la
producción normativa de nuestro país son normas que no emanan del parlamento
sino del gobierno y de la administración y esas normas jurídicas se llaman
reglamentos, y tienen un rango inferior a ley, el derecho administrativo es el
derecho de la administración y es positivista donde hay muchísimas normas, no
trata solo de las administraciones públicas ya que de ser así formaría parte del
derecho constitucional, el derecho administrativo estudia las relaciones con los
ciudadanos, las normas no son aplicables solo a la administración si no a todos los
ciudadanos.
Vamos a encajar a la administración en el estado, el estado es todo y uno de los
principios básicos es la separación de poderes.
Vamos a estudiar la administración publica, las bases constitucionales, que
principios podemos extraer de la constitución el hecho de que España sea un
estado de derecho derivan principios importantes, el principio de legalidad para
que la administración no pueda hacer lo que quiera, la tutela judicial…
La administración para ejecutar sus actos no tiene que ir a los tribunales, si no
pagas la administración embarga, tiene una serie de medios que no la hacen ir a los
tribunales, y por el mero hecho de ser la administración, lo que hace la
administración se presume que es válido, al final puedo acudir a los tribunales para
que verifiquen si lo que ha hecho la administración es legal o es ilegal. Vamos a
estudiar fundamentalmente las normas que emanan del poder donde esta la
administración, el poder ejecutivo, estas normas son los reales decretos leyes, los
reales decretos legislativos, se llaman reales ya que los firma o expide el jefe de
estado, el rey. Hay decretos leyes y decretos legislativos que pertenecen a las
comunidades autónomas, los reglamentos emanan del gobierno y de la
administración el articulo que otorga potestad al gobierno para crear reglamentos
es el articulo 97, la administración dicta mas actos (sanciones administrativas) que
reglamentos, no puede dictar actos administrativos a porque sí, si no que todo lo
que hace tiene que estar dentro de un procedimiento, el procedimiento
administrativo, la forma a través de la cual se producen los actos administrativos,
ya que se basa en el principio de legalidad, antes de sancionar la administración
tiene que iniciar un procedimiento en donde se hagan valer todos los intereses en
juego, los de la administración y los de los ciudadanos, el procedimiento es una
parte fundamental, importantísima. El ordenamiento jurídico pone en manos de
los ciudadanos un sistema de garantías, como me puedo defender de las cosas que
hace la administración, a través de los recursos administrativos, la administración
sigue teniendo privilegios antes de acudir a los tribunales, tengo que plantear la
cuestión ante la propia administración, muchas veces el principio de tutela judicial
se ignora ya que no es común meterse en un pleito ya que hay que hacer muchos
tramites, recurso administrativo, recurso judicial…
Los tribunales son los que tienen la ultima palabra pero llegar a ellos es un
proceso largo y costoso.
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En derecho administrativo hay compendios de normas, de leyes.
En el Estado, la normativa suprema es la constitución, pero por encima están los
reglamentos comunitarios, en la constitución se hace referencia a la
administración, esta encajada dentro de uno de los tres poderes, el Tribunal
constitucional, se regula por ley orgánica, de este tribunal nos interesan el conjunto
de privilegios que se atribuyen a la administración, pero esos privilegios o
garantías están vigiladas por el Tribunal Constitucional, esto se hace mediante dos
procedimientos: el recurso de inconstitucionalidad y la cuestión de
inconstitucionalidad (la legitimidad la tienen los jueces para plantearla). El
Tribunal constitucional también resuelve los conflictos de competencias.
España forma parte de la Unión Europea, sus normas son los tratados constitutivos,
los reglamentos comunitarios, en el estado español los reglamentos tienen rango
inferior a la ley adoptan una función u otra en función de quién emanen, pero los
reglamentos comunitarios están por encima de nuestras leyes. Los reales decretos
legislativos, es la técnica legislativa que se emplea para la adecuación de la
normativa europea al derechos estatal.
Organización y régimen jurídico de las administraciones públicas, la primera ley, es
la ley 30/92 del 26 de noviembre, esta ley es la que sustituyo a la antigua ley de
procedimiento del 58 y regula el régimen jurídico, el procedimiento administrativo
común y el sistema de responsabilidad de las administraciones publicas, es una ley
estatal porque cuando la constitución atribuye competencias de carácter exclusivo
lo hace para regular entre otras materias, el régimen jurídico el sistema de
responsabilidades y el procedimiento administrativo. España es un estado de